Es probable que a la hora de ponerse manos a la obra para reformar la casa, no caigas en la cuenta de que puedes declarar esos gastos en tu declaración de la renta. Si bien la ley ha cambiado hace unos años y no todo es deducible, gran parte de lo que hayas invertido sí lo es.
Pero no tienes que esperar hasta el año que viene para contar con la devolución de Hacienda. Siempre puedes contar con los préstamos para reforma que ponemos a tu disposición para convertir tu inmueble en la casa de tus sueños.
Hasta la publicación del Real Decreto-ley 6/2010 de 9 de abril, solo eran deducibles aquellas obras de rehabilitación de vivienda imprescindibles para su conservación y la adaptación del hogar a las minusvalías de algún miembro de la familia.
Sin embargo, este nuevo decreto permite nuevas deducciones en ciertos tipos de obras en la vivienda. Pero recuerda, si necesitas una inyección de dinero para la adaptación de tu hogar, siempre puedes contar con los créditos para obra o créditos para morosos que ponemos a tu disposición.
Toda obra que conlleve beneficios para la conservación del Medio Ambiente y mejore la eficiencia energética de la vivienda, es deducible. Las reformas a las que nos referimos son: instalación de paneles solares, reformas de envolvente térmica, instalación de dobles ventanas… No se incluyen cierres de terrazas, cambios de fachada con fines estéticos ni el cambio de radiadores eléctricos por otros más eficientes.
En este apartado se incluyen las obras que mejoren la infraestructura de la vivienda. Muros, cimientos, pilares, reformas en cubiertas o paredes afectadas por humedades son solo algunos ejemplos.
Eso sí, solo son deducibles las obras que tengan lugar en azoteas, escaleras, tejados o porterías. Las zonas comunes, jardines o garajes quedan excluidos.
También se incluyen las reformas que impliquen sustitución de instalaciones eléctricas, gas, agua o cualquier otro suministro básico del hogar. No olvides que puedes hacerte con los minicréditos para obra y mejorar tu vivienda como deseas.
Favorecer la accesibilidad al edifico
Toda obra que favorezca la accesibilidad es deducible. Rampas, dispositivos de acceso adaptados, ascensores, elementos informativos para personas con discapacidad sensorial o adaptaciones de la vivienda para personas mayores con alguna minusvalía, por ejemplo.
Por último, también podrás deducir en la declaración de la renta aquellas obras orientadas a que tu casa tenga acceso a Internet y a servicios de televisión digital. No se incluyen la compra de televisores ni ordenadores.
Ya lo sabes, cualquiera de estas obras o reformas en el hogar son deducibles en tu declaración de la renta. No esperes más y adapta tu casa a tus necesidades con la ayuda de nuestros créditos para morosos o préstamos para reforma. ¡Estamos aquí para ayudarte!
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