Los gastos de cierre son los gastos en los que debemos incurrir si queremos dar por completamente finalizado un contrato de préstamo. Este tipo de gastos son especialmente comunes en los préstamos hipotecarios. En este tipo de préstamos los gastos de cierre sirven para conseguir que nuestra vivienda aparezca libremente de cargas en los Registros de la Propiedad. Los gastos de cierre que hay que pagar siempre ante cualquier préstamo hipotecario son los gastos notariales de cancelación hipotecaria derivados de hacer una escritura pública y los gastos de registro pues esa escritura pública que nos dé el notario para que quede constancia de que la vivienda está libre de cargas. De manera opcional dentro de los gastos de cierre podemos incluir las comisiones de cancelación anticipada, que aparecen cuando queremos terminar de pagar el préstamo antes del plazo que se había pactado. No obstante, solo incurriremos en este gasto de cierre si optamos por la cancelación anticipada y si dentro de las condiciones contractuales del préstamo solicitado aparece dicha comisión. Por otra parte, aunque cancelar una hipoteca es un trámite que podemos hacer nosotros mismos, podemos pedir a un gestor que lo haga por nosotros. En dicho caso, deberemos pagarle los honorarios correspondientes que nos pida.
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