La insolvencia es la situación que se produce cuando una persona ya sea física o jurídica carece de los recursos económicos necesarios para poder hacer frente a las condiciones de pago de una deuda contraída. No hay que confundir insolvencia con iliquidez. Iliquidez es la no disponibilidad en un momento puntual del dinero en efectivo para poder llevar a cabo una transacción o saldar una deuda. La insolvencia lo que pone de manifiesto es que la persona que se encuentra en esa situación no es que no solo no disponga en ese momento del efectivo en manos para poder hacer esa operación, sino que no cuenta con los recursos económicos necesarios para al menos en el corto o medio plazo poder realizarla.
Cuando una persona que se encuentra en una situación de insolvencia debe atender el pago de una deuda, lo más usual es que se produzca un impago, como consecuencia de la incapacidad de esa persona de satisfacer la deuda. En esos casos, y una vez se ha justificado que se ha dado el impago, el proceso de pago es judicializado de manera que un juez dictamina unas nuevas condiciones de pago (alargando el plazo de pago y los intereses) de forma que la deuda renegociada si pueda ser satisfecha por el deudor. Si la insolvencia del deudor es muy acentuada y apenas tiene recursos económicos, entonces se puede dar lugar a la condonación de una parte de la deuda contraída
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