Los obligacionistas son aquellas personas o entidades que son propietarias de un título de renta fija que es un bono u obligación emitida por una empresa o por un Estado, confiriéndole al propietario de dichos títulos el carácter de acreedor de la entidad que emitió la obligación. Los obligacionistas, por lo general son los agentes que tienen prioridad en el resarcimiento de sus deudas cuando se da el caso de la liquidación de la entidad que emitió esa obligación (siempre y cuando el obligacionista sea propietario de bonos u obligaciones convencionales y no subordinadas) ubicándose en los primeros lugares en la prelación de pagos cuando se produce la liquidación de una empresa.
De esta forma, el obligacionista al poseer la obligación no adquiere ningún derecho político sobre el emisor ni de participar dentro de las decisiones orgánicas que seadopten en el seno de la empresa, pero si se garantiza cobrar el interés acordado sobre el valor nominal de la obligación mientras sea propietario de la obligación, incluso en circunstancias adversas como que la empresas quiebre. También, se garantiza el derecho de recibir el dinero prestado a la sociedad en las cuotas y plazos establecidos. Si un obligacionista fuese propietario de varias obligaciones, éste recibirá los intereses en proporción al capital prestado y, del mismo modo, la devolución de la totalidad de estas.
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